Control Social
El Control Social es un mecanismo de participación ciudadana que permite a la comunidad vigilar la gestión pública, sus resultados y el uso adecuado de los recursos y bienes del Estado, conforme a la normatividad vigente.
Este proceso fortalece la transparencia, fomenta la corresponsabilidad y garantiza que la acción institucional se oriente al cumplimiento de los fines del interés general.
Actualmente, la entidad se encuentra en la fase de fortalecimiento de los espacios y herramientas de control social, promoviendo la participación activa de la ciudadanía en la supervisión de programas, proyectos y servicios públicos.
El objetivo es consolidar un ejercicio de control participativo, permanente y transparente, en el que la comunidad sea parte activa de la toma de decisiones y del seguimiento a la gestión institucional.
Componentes del Control Social
a. Modalidades de control social
La entidad publicará la información sobre las modalidades de control social disponibles para la vigilancia de la gestión pública, explicando sus objetivos, alcance y mecanismos de participación.
b. Convocatoria al inicio de programas, proyectos o contratos
Cada vez que se inicie la ejecución de un programa, proyecto, contrato o servicio público, se realizará una convocatoria abierta a la ciudadanía, con el fin de que los interesados puedan conocer el proceso y ejercer su derecho a la vigilancia ciudadana.
c. Resumen del tema objeto de vigilancia
Se publicará un resumen informativo de los temas de interés ciudadano que sean objeto de control social, incluyendo:
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Los indicadores de gestión asociados.
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Los recursos asignados.
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La metodología de diálogo definida.
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Las observaciones recibidas y las respuestas institucionales.
Para ello, la entidad implementará un tablero de control ciudadano que permita visualizar el avance de los proyectos.
d. Informes del interventor o supervisor
Cuando un plan, programa o proyecto sea objeto de vigilancia por parte de una veeduría ciudadana, la entidad publicará al menos dos informes del interventor o supervisor dirigidos al grupo de auditoría ciudadana, en cumplimiento del artículo 72 de la Ley 1757 de 2015.
e. Herramienta de evaluación de las actividades
Se facilitará una herramienta digital de evaluación para que los participantes puedan calificar las actividades y espacios de control social desarrollados, con el fin de mejorar continuamente estos procesos.
f. Registro de observaciones de las veedurías
Se publicará un registro de las observaciones y aportes realizados por las veedurías ciudadanas, junto con los datos e indicadores que sirvan como insumo para el análisis de resultados y avances de la gestión institucional.
g. Acciones de mejora
Finalmente, se divulgará información sobre las acciones de mejora y correctivos incorporados en la planeación institucional como resultado de los ejercicios de control social y las veedurías ciudadanas, evidenciando el impacto real de la participación en la gestión pública.







