Logo gobierno en línea
Skip to main content Scroll Top

Control social

E.S.E. Hospital San Carlos de Aipe – Huila
NIT: 891.180.238-1

El control social es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía vigila la gestión pública, sus resultados y el uso adecuado de los recursos y bienes del Estado. En el sector salud tiene además un desarrollo propio: la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1757 de 1994 crean instancias específicas de participación de los usuarios en las instituciones prestadoras de servicios de salud.

Esta sección corresponde al numeral 6.2.6 del Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020 de MinTIC y desarrolla los siete componentes que dicha norma exige.

Marco normativo: Ley 1757 de 2015 (artículos 60 a 72), Ley 850 de 2003 (veedurías ciudadanas), Ley 1474 de 2011, Decreto 1757 de 1994 (participación en salud), Ley 100 de 1993 artículo 198, y Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.

a. Modalidades de control social

La entidad ofrece las siguientes modalidades para que la ciudadanía vigile su gestión:

Modalidad En qué consiste Fundamento
Veedurías ciudadanas Grupos de ciudadanos que vigilan la gestión pública, los programas, proyectos y contratos de la entidad. Se constituyen ante la Personería Municipal de Aipe o la Cámara de Comercio Ley 850 de 2003
Asociación de Usuarios Agrupación de afiliados que representa a los usuarios ante la institución y participa en las decisiones que los afectan Decreto 1757 de 1994, artículos 6 a 9
Comité de Ética Hospitalaria Instancia que vela por el trato digno y los derechos de los usuarios, y canaliza sus reclamaciones Decreto 1757 de 1994, artículos 12 y 13
Participación en la Junta Directiva Representación de la comunidad y de los usuarios en el máximo órgano de dirección de la E.S.E. Ley 100 de 1993, artículo 194; Decreto 1876 de 1994
Rendición de cuentas Espacios de diálogo donde la ciudadanía evalúa la gestión y formula preguntas a la administración Ley 1757 de 2015, artículos 48 a 59
Auditorías ciudadanas Acompañamiento de la ciudadanía a la ejecución de programas, proyectos o contratos específicos Ley 1757 de 2015, artículo 72

Cómo vincularse. Quien desee conformar una veeduría ciudadana o integrarse a la Asociación de Usuarios puede presentar su solicitud por el formulario de PQRSD, por los canales de atención, o directamente en el Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU) de la sede principal.

Los datos de contacto de la Asociación de Usuarios y del Comité de Ética Hospitalaria están publicados en el Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés.

b. Convocatorias al iniciar la ejecución de programas, proyectos o contratos

Cuando la entidad inicia la ejecución de un programa, proyecto, contrato o la prestación de un servicio público, publica la convocatoria correspondiente para que la ciudadanía esté enterada y pueda ejercer la vigilancia.

Cada convocatoria indica: objeto del programa o contrato, valor, plazo de ejecución, dependencia responsable, supervisor designado, y el canal y el plazo para inscribirse como veedor o participante.

Descargar convocatorias vigentes (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Periodicidad: al inicio de cada programa, proyecto o contrato · Dependencia responsable: Gerencia – SIAU

Los procesos contractuales en curso pueden consultarse también en el SECOP II y en la sección de información contractual.

c. Resumen del tema objeto de vigilancia

Por cada tema sometido a control social, la entidad publica un resumen que contiene:

  • Tema objeto de vigilancia ciudadana.
  • Avance de los indicadores de gestión asociados.
  • Recursos asignados y ejecutados.
  • Metodología de diálogo definida para interactuar con el grupo de control social.
  • Plazos y etapas del ejercicio.
  • Observaciones recibidas y respuestas dadas por la entidad.

Descargar el tablero de control (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Periodicidad: trimestral · Dependencia responsable: Planeación

d. Informes del interventor o del supervisor

Cuando un plan, programa, proyecto o contrato de la entidad es objeto de vigilancia por parte de una veeduría ciudadana, el artículo 72 de la Ley 1757 de 2015 obliga a publicar como mínimo los dos informes que el interventor o el supervisor presenta ante el grupo de auditoría ciudadana.

Estos informes dan cuenta del avance físico y financiero de la ejecución, del cumplimiento de las obligaciones del contratista y de las observaciones formuladas por la veeduría.

Descargar los informes de supervisión (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Periodicidad: mínimo dos informes por ejercicio de auditoría ciudadana · Dependencia responsable: Supervisión de contratos

e. Herramienta de evaluación de las actividades

La entidad pone a disposición de los participantes un instrumento para evaluar los espacios y actividades de control social en los que intervinieron. La evaluación permite medir la utilidad del ejercicio, la calidad de la información entregada y la oportunidad de las respuestas, e identificar mejoras.

El formulario puede diligenciarse en línea o descargarse y radicarse por los canales de atención.

Descargar el formato de evaluación (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Dependencia responsable: SIAU

f. Registro de observaciones de las veedurías

La entidad publica la información, los datos y los indicadores que sirven de insumo para el análisis de los resultados y avances de la gestión en las acciones de control social, junto con el registro de las observaciones presentadas por las veedurías ciudadanas y las respuestas dadas por la administración.

Descargar el registro de observaciones (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Periodicidad: semestral · Dependencia responsable: Gerencia – SIAU

g. Acciones de mejora

La entidad publica las acciones de mejora y los correctivos incorporados en la planeación institucional como resultado de los ejercicios de control social y de las observaciones de las veedurías ciudadanas, indicando el hallazgo que las originó, la acción adoptada, el responsable y el plazo de cumplimiento.

Descargar las acciones de mejora (PDF)

Fecha de publicación: pendiente · Periodicidad: anual · Dependencia responsable: Planeación – Control Interno

Estado de los documentos de esta sección: los espacios de publicación quedaron habilitados. Los documentos se cargarán a medida que se surtan los ejercicios de control social de la vigencia y se consoliden sus resultados.

Información disponible para ejercer el control social

Para facilitar la vigilancia ciudadana, la entidad pone a disposición la siguiente información institucional:

Dónde acudir

Instancia Función
Personería Municipal de Aipe Inscripción de veedurías ciudadanas y apoyo al control social
Contraloría Departamental del Huila Control fiscal sobre los recursos de la entidad
Superintendencia Nacional de Salud Inspección, vigilancia y control del servicio de salud
Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Capacitación y acompañamiento a los veedores (Ley 850 de 2003, artículo 22)

Los datos de contacto completos están en Entes y autoridades que lo vigilan.

0
Logo Gobierno en Línea Logo Colombia.co