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Canales de Atención

E.S.E. Hospital San Carlos de Aipe – Huila
NIT: 891.180.238-1

Qué encuentra en esta sección

Esta sección reúne todos los medios habilitados por la E.S.E. Hospital San Carlos de Aipe para que la ciudadanía se comunique con la entidad: presenciales, telefónicos, virtuales y de correspondencia.

Su publicación responde al artículo 14 del Decreto 2106 de 2019, que obliga a las autoridades a identificar y dar a conocer los canales digitales oficiales de recepción de solicitudes, peticiones e información, y al numeral 11.2 del Anexo Técnico 2 de la Resolución 1519 de 2020 de MinTIC.

Marco normativo

Norma Contenido
Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 7 Deberes de las autoridades en la atención al público
Ley 1755 de 2015 Regula el derecho fundamental de petición y sus términos de respuesta
Ley 1712 de 2014, artículo 9 Publicación obligatoria de los mecanismos de contacto
Decreto 2106 de 2019, artículo 14 Canales digitales oficiales de recepción de solicitudes
Resolución 1519 de 2020 de MinTIC, Anexo 2 numeral 11.2 Canales de atención y mecanismo de agendamiento de citas
Resolución 2893 de 2020 de MinTIC Lineamientos de sede electrónica y agendamiento de citas

Canal presencial

Sede principal
Avenida Nuevo Milenio No. 12A-13
Aipe – Huila, Colombia

Servicio Horario
Atención administrativa y al usuario Lunes a viernes, 7:00 a.m. – 12:00 m. y 2:00 p.m. – 6:00 p.m.
Urgencias 24 horas, todos los días del año

Canal telefónico

Línea Número
Atención general +57 318 433 2426
Atención general +57 320 840 4626

Canal virtual

Medio Dirección
Formulario de PQRSD esesancarlos.gov.co/pqrsd
Agendamiento de citas médicas esesancarlos.gov.co/solicitar-cita
Correo institucional esehospitalsancarlos@yahoo.es
Notificaciones judiciales notificacionesjudiciales@esesancarlos.gov.co
Sitio web institucional esesancarlos.gov.co

De conformidad con el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011, las notificaciones judiciales dirigidas a la entidad solo se surten a través del correo electrónico de notificaciones judiciales relacionado en esta tabla. Las comunicaciones enviadas a otras direcciones no producen efectos de notificación.

Canal de correspondencia física

La correspondencia dirigida a la entidad se radica en la ventanilla única de la sede principal, en el horario de atención administrativa señalado arriba.

Términos de respuesta

De acuerdo con la Ley 1755 de 2015, los términos legales para responder son:

Tipo de solicitud Término
Petición de interés general o particular 15 días hábiles
Solicitud de acceso a información pública 10 días hábiles
Petición de documentos e información 10 días hábiles
Consulta en materia a cargo de la entidad 30 días hábiles
Queja, reclamo o sugerencia 15 días hábiles

Cuando no sea posible responder dentro del término, la entidad informará al peticionario los motivos de la demora y señalará el plazo en que se dará respuesta, conforme al parágrafo del artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.

Atención preferencial

De acuerdo con la Ley 1618 de 2013, la Ley 1276 de 2009 y el artículo 13 de la Constitución Política, la entidad brinda atención preferencial y prioritaria a: personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niños, niñas y adolescentes, y víctimas del conflicto armado.

Las personas con discapacidad auditiva o visual pueden apoyarse en los servicios gratuitos de Centro de Relevo (centroderelevo.gov.co) y ConVerTIC (convertic.gov.co).

Documento de caracterización de canales de atención

Descargar el documento (PDF)

Fecha de publicación: pendiente
Última actualización: pendiente
Formato: PDF · Idioma: Español
Dependencia responsable: Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU)

Estado del documento: en proceso de elaboración. La información de canales publicada en esta página es la vigente; el documento adjunto corresponde a la caracterización formal de canales, en trámite de adopción.

Información pendiente de habilitar

En cumplimiento del principio de transparencia, la entidad informa que a la fecha se encuentran en trámite los siguientes canales exigidos por la Resolución 1519 de 2020:

  • Línea gratuita nacional de atención al usuario.
  • Línea anticorrupción para la denuncia de hechos de corrupción, conforme a la Ley 2195 de 2022.
  • Migración del correo institucional al dominio @esesancarlos.gov.co.

Mientras tanto, las denuncias por hechos de corrupción pueden presentarse por el formulario de PQRSD, que admite su presentación de forma anónima conforme al artículo 38 de la Ley 190 de 1995 y al artículo 81 de la Ley 962 de 2005.

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